Deuteronomio
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Capítulo 24: Deuteronomio
24
El divorcio
24 1 Si un hombre se casa con una mujer, pero después le toma
aversión porque descubre en ella algo que le desagrada, y por eso
escribe un acta de divorcio, se la entregará y la despedirá de su
casa.
2 Una vez que esté fuera de su casa, si la mujer se desposa con otro
3 y este último también la rechaza, escribe un acta de divorcio y la
despide, o bien muere, 4 su primer marido no podrá volver a tomarla
por esposa, puesto que ella ha sido mancillada. Esto sería
abominable a los ojos del Señor, y tú no puedes manchar con un
pecado la tierra que el Señor, tu Dios, te da en herencia.
Leyes humanitarias
5 Si un hombre acaba de casarse, no saldrá a combatir ni se le
impondrá ninguna otra obligación. Quedará libre por un año para
ocuparse de su casa y contentar a la mujer que tomó por esposa.
6 Nadie tomará en prenda un molino de mano y ni siquiera la piedra
movible del molino, porque ello sería tomar en prenda la vida de una
persona.
7 Si se descubre que alguien ha raptado a uno de sus hermanos
israelitas –sea que lo haya maltratado o que lo haya vendido– el
ladrón morirá. Así harás desaparecer el mal de entre ustedes.
8 Cuando se produzcan casos de lepra, cuida muy bien de hacer
exactamente lo que les indiquen los sacerdotes levitas. Pongan
cuidado en practicar lo que yo les he mandado.
9 Acuérdate de lo que el Señor, tu Dios, hizo con Miriam durante el
viaje, después que ustedes salieron de Egipto.
10 Si prestas algo a tu prójimo, no entres en su casa a retirar la
prenda.
11 Quédate afuera, mientras el hombre a quien concediste el préstamo
te trae la prenda.
12 Y si es una persona de condición humilde, no vayas a dormir con
su prenda.
13 Se la entregarás al ponerse el sol, para que pueda acostarse con
su ropa. Así él te bendecirá, y tú habrás realizado una obra de
justicia a los ojos del Señor, tu Dios.
14 No explotarás al jornalero pobre y necesitado, ya sea uno de tus
compatriotas, o un extranjero que vive en alguna de las ciudades de
tu país.
15 Págale su jornal ese mismo día, antes que se ponga el sol, porque
él está necesitado, y su vida depende de su jornal. Así no invocará
al Señor contra ti, y tú no te harás responsable de un pecado.
16 Los padres no morirán por culpa de los hijos ni los hijos por
culpa de los padres. Cada cual morirá por su propio pecado.
17 No conculcarás el derecho del extranjero o del huérfano, ni
tomarás en prenda el vestido de la viuda.
18 Recuerda que fuiste esclavo en Egipto y que el Señor, tu Dios, te
rescató de allí. Por eso te ordeno obrar de esta manera.
19 Cuando recojas la cosecha en tu campo, si olvidas en él una
gavilla, no vuelvas a buscarla. Será para el extranjero, el huérfano
y la viuda, a fin de que el Señor, tu Dios, te bendiga en todas tus
empresas.
20 Cuando sacudas tus olivos, no revises después las ramas. El resto
será para el extranjero, el huérfano y la viuda.
21 Cuando recojas los racimos de tu viña, no vuelvas a buscar lo que
haya quedado. Eso será para el extranjero, el huérfano y la viuda.
22 Acuérdate siempre que fuiste esclavo en Egipto. Por eso te ordeno
obrar de esta manera.
Fuente: Catholic.net