Deuteronomio
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Capítulo 17: Deuteronomio
17
17 1 No sacrificarás al Señor, tu Dios, ningún animal del ganado
mayor o menor que tenga un defecto o cualquier clase de
imperfección, porque eso es una abominación para el Señor, tu Dios.
2 Si en medio de ustedes, en una de las ciudades que el Señor, tu
Dios, te dará, hay un hombre o una mujer que hace lo que es malo a
los ojos del Señor, tu Dios, y quebranta su alianza, 3 porque va a
servir a otros dioses y a postrarse delante de ellos –delante del
sol, la luna o todo el Ejército del cielo– contrariamente a lo que
yo te he mandado, 4 y el hecho llega a tu conocimiento, realiza una
minuciosa investigación. Y si es verdad que la cosa es así, que se
ha cometido semejante abominación en Israel, 5 saca a las puertas de
tu ciudad al hombre o a la mujer que hayan cometido ese delito, y
apedréalos hasta que mueran.
6 Para que alguien sea condenado a muerte se requiere el testimonio
de dos o más testigos. Nadie será condenado a muerte en base al
testimonio de uno solo.
7 Los testigos serán los primeros en levantar la mano contra él para
hacerlo morir, y después todo el pueblo hará lo mismo. Así harás
desaparecer el mal de entre ustedes.
Los jueces levitas
8 Si te resulta demasiado difícil juzgar un pleito por homicidio,
por reclamación de derechos, por lesiones, o cualquier otra causa
que se haya suscitado en tu ciudad, subirás hasta el lugar que el
Señor, tu Dios, elija, 9 y te presentarás a los sacerdotes levitas y
al juez en ejercicio. Tú les expondrás el caso, y ellos te harán
conocer la sentencia.
10 Deberás ajustarte a lo que ellos te digan en el lugar que elija el
Señor, tu Dios, procediendo en todo conforme a sus instrucciones.
11 Procederás de acuerdo con la decisión que ellos tomen y con la
sentencia que pronuncien, sin apartarse de lo que ellos te indiquen
ni a la derecha ni a la izquierda.
12 El que obre presuntuosamente, desoyendo al sacerdote que está
allí para servir al Señor, tu Dios, o al juez, ese hombre morirá.
Así harás desaparecer el mal de Israel.
13 Y cuando el pueblo se entere, sentirá temor y dejará de obrar con
presunción.
Los reyes
14 Cuando entres en el país que el Señor, tu Dios, te dará, cuando
lo tomes en posesión y vivas en él, si alguna vez dices: "Voy a
poner un rey para que me gobierne, como todas las naciones que están
a mi alrededor", 15 pondrás un rey elegido por el Señor, tu Dios,
que pertenezca a tu mismo pueblo. No podrás someterte a la autoridad
de un extranjero, de alguien que no pertenezca a tu pueblo.
16 El rey no deberá tener muchos caballos ni hacer que el pueblo
regrese a Egipto, con el pretexto de aumentar su caballería; porque
el Señor, tu Dios, ha dicho: "No regresen nunca más por ese camino".
17 Tampoco tendrá muchas mujeres, para que su corazón no se desvíe,
ni acumulará oro y plata en cantidad excesiva.
18 Cuando tome posesión del trono real, hará escribir en un libro,
para su uso personal, una copia de esta Ley, conforme al texto que
conservan los sacerdotes levitas.
19 La tendrá a su lado y la leerá todos los días de su vida, para
que aprenda a temer al Señor, su Dios, observando todas las palabras
de esta Ley y poniendo en práctica estos preceptos.
20 De esa manera, no se sentirá superior a sus hermanos, y no se
apartará de estos mandamientos, ni a la derecha ni a la izquierda.
Así prolongarán los días de su reinado, él y sus hijos, en medio de
Israel.
Fuente: Catholic.net