Levítico
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Capítulo 13: Levítico 13
La impureza provocada por la lepra
13 1 El Señor dijo a Moisés y a Aarón:
2 Cuando aparezca en la piel de una persona una hinchazón, una
erupción o una mancha lustrosa, que hacen previsible un caso de
lepra, la persona será llevada al sacerdote Aarón o a uno de sus
hijos, los sacerdotes, 3 el cual examinará la afección. Si en la
zona afectada el vello se ha puesto blanco, y aquella aparece más
hundida que el resto de la piel, es un caso de lepra. El sacerdote,
después de haberla observado, deberá declarar impura a esa persona.
4 Si la mancha lustrosa es blancuzca pero no aparece más hundida que
la piel y el vello que la recubre no se ha puesto blanco, el
sacerdote mantendrá aislada a la persona afectada durante siete
días.
5 Al séptimo día volverá a examinarla y si comprueba que la afección
continúa estacionaria y no se ha propagado por la piel, el sacerdote
la mantendrá aislada siete días más.
6 Al séptimo día la volverá a examinar, y si la afección ha cedido y
no se ha extendido por la piel, declarará puro al enfermo; no es más
que una erupción. El enfermo lavará su ropa y será puro.
7 Pero si después de haberse presentado al sacerdote y de haber sido
declarado puro, la erupción continúa extendiéndose por la piel, se
presentará nuevamente al sacerdote.
8 Y si este ve que la erupción se ha propagado, deberá declararlo
impuro, porque es lepra.
La lepra crónica
9 Cuando en una persona aparezcan síntomas de lepra, será llevada al
sacerdote.
10 Si este descubre en la piel una hinchazón blancuzca, que ha
emblanquecido el vello, y si en la parte hinchada se ha formado una
úlcera, 11 entonces se trata de lepra crónica. El sacerdote debe
declarar impuro al enfermo, sin necesidad de aislarlo, porque
ciertamente es impuro.
12 Pero si la lepra prolifera hasta cubrir por completo la piel de
la persona afectada, de la cabeza a los pies, en cuanto el sacerdote
alcanza a ver, 13 y si este, al hacer el examen, comprueba que la
lepra cubre todo el cuerpo, entonces deberá declarar pura a la
persona afectada. Es pura, porque se ha vuelto totalmente blanca.
14 Sin embargo, apenas aparezca una úlcera, será impura.
15 Cuando el sacerdote vea la úlcera, la declarará impura: la úlcera
es impura porque es lepra.
16 Pero si la úlcera se vuelve a poner blanca, el enfermo irá de
nuevo al sacerdote, 17 y él lo examinará. Si la afección ha
recuperado el color blanco, el sacerdote tendrá que declarar pura a
la persona afectada, porque es pura.
Las inflamaciones de la piel
18 Si en la piel de una persona aparece una inflamación, que luego
se cura, 19 pero en el lugar donde estaba la inflamación se forma
una hinchazón blancuzca o una mancha de color rojizo pálido, el
enfermo se presentará al sacerdote.
20 Si el sacerdote ve que la zona afectada está más hundida que la
piel, y que el vello se ha puesto blanco, deberá declararlo impuro:
es un caso de lepra que ha proliferado en la inflamación.
21 Pero si advierte que no hubo emblanquecimiento del vello ni
hundimiento de la epidermis, sino que la afección fue cediendo,
mantendrá al enfermo aislado durante siete días, 22 y si la
inflamación continúa extendiéndose por la piel, deberá declararlo
impuro, es una verdadera afección.
23 En cambio, si la mancha permanece estacionaria y no se extiende,
es la cicatriz de la inflamación, y por lo tanto, el sacerdote
deberá declarar pura a la persona afectada.
La lepra causada por una quemadura
24 Si una persona se quema con fuego y se forma sobre la quemadura
una mancha lustrosa de color rojizo pálido o blancuzco, 25 el
sacerdote la examinará. Si en la mancha lustrosa el vello se ha
puesto blanco y la parte afectada aparece más hundida que el resto
de la piel, se trata de lepra que ha proliferado en la quemadura. El
sacerdote deberá declarar impuro al enfermo, porque es lepra.
26 Pero si el sacerdote comprueba que no hay emblanquecimiento del
vello ni hundimiento de la epidermis, y que la mancha ha ido
cediendo, mantendrá aislado al enfermo durante siete días.
27 Al séptimo día lo examinará, y si la afección se ha extendido por
la piel, el sacerdote deberá declararlo impuro, es un caso de lepra.
28 Pero si la mancha permanece estacionaria, sin extenderse por la
piel, y pierde intensidad, es simplemente efecto de la quemadura. El
sacerdote tendrá que declararlo puro, porque no es más que la
cicatriz de la quemadura.
Las afecciones del cuero cabelludo
29 Si un hombre o una mujer tienen una afección en la cabeza o en el
mentón, 30 el sacerdote examinará la parte afectada. Si esta aparece
más hundida que el resto de la piel, y en ella el pelo se ha vuelto
amarillento y débil, el sacerdote tendrá que declarar impuro al
enfermo, es tiña, o sea, lepra de la cabeza y del mentón.
31 Pero si el sacerdote comprueba que la zona afectada de tiña no
aparece más hundida que el resto de la piel, y que en ella no hay
pelo negro, mantendrá aislado al enfermo durante siete días.
32 Al séptimo día examinará la afección, y si la tiña no se ha
propagado ni hay pelo amarillento, y la zona afectada no aparece más
hundida que el resto de la piel, 33 el enfermo se afeitará, excluida
la parte afectada, y el sacerdote lo mantendrá aislado siete días
más.
34 Al séptimo día lo someterá a un nuevo examen, y si la tiña no se
ha extendido por la piel y la zona afectada no aparece más hundida,
el sacerdote tendrá que declararlo puro. El enfermo lavará su ropa y
será puro.
35 Si después de haber sido declarado puro, la tiña se propaga por
la piel, 36 el sacerdote lo examinará, y si la tiña se ha extendido,
no necesitará verificar si hay pelo amarillento: el enfermo es
impuro.
37 En cambio, si advierte que la tiña permanece estacionaria y que
en la zona afectada ha crecido pelo negro, la tiña está curada. La
persona es pura, y el sacerdote deberá declararla como tal.
La eczema
38 Si un hombre o una mujer tienen en la piel manchas lustrosas de
color blanco, 39 y el sacerdote ve que las manchas son de un blanco
tenue, se trata de una eczema que ha brotado en la piel, esa persona
es pura.
La lepra en la cabeza
40 Si a un hombre se le cae el cabello y queda calvo, es puro.
41 Si pierde el cabello en la parte delantera de la cabeza y se
vuelve calvo sobre la frente, también es puro.
42 Pero si en la parte calva, ya sea sobre la frente o en la parte
posterior de la cabeza, aparece una afección de color rojizo pálido,
es lepra que ha proliferado en la parte calva.
43 El sacerdote lo examinará, y si la hinchazón de la zona afectada
es de un color rojizo pálido y tiene el mismo aspecto que la lepra
de la piel del cuerpo, 44 se trata de un leproso. Esa persona es
impura, y el sacerdote deberá declararla como tal, tiene lepra en la
cabeza.
Prescripciones sobre los leprosos
45 La persona afectada de lepra llevará la ropa desgarrada y los
cabellos sueltos; se cubrirá hasta la boca e irá gritando: "¡Impuro,
impuro!".
46 Será impuro mientras dure su afección. Por ser impuro, vivirá
apartado y su morada estará fuera del campamento.
Las manchas de lepraen la ropa y en los cueros
47 Cuando aparezca una mancha de lepra en una prenda de lana o de
lino 48 –en la trama o en la urdimbre de la lana o del lino– o en un
cuero, o en algo fabricado con cuero, 49 si la mancha es amarillenta
o rojiza, se trata de una mancha de lepra y por lo tanto deberá ser
mostrada al sacerdote.
50 Este la examinará y mantendrá aislado durante siete días el
objeto afectado.
51 Al séptimo día volverá a examinar la mancha, y si se ha extendido
por la prenda de vestir –en la trama o la urdimbre– o por el cuero
–cualquiera sea el uso para el que se lo destina– es lepra maligna:
ese objeto es impuro 52 y será quemado. Como se trata de lepra
maligna, deberá ser consumido por el fuego.
53 Pero si el sacerdote comprueba que la mancha no se ha extendido,
54 ordenará que laven el objeto donde está la misma y lo mantendrá
aislado siete días más.
55 El sacerdote examinará la mancha después de haber sido lavada: si
esta no ha cambiado de aspecto, aunque no se haya extendido, el
objeto es impuro y deberás quemarlo: es una corrosión, sea en la
parte interior o en la parte exterior.
56 Pero si el sacerdote comprueba que la mancha, una vez lavada, ha
disminuido, la arrancará de la ropa o del cuero, de la trama o de la
urdimbre.
57 Y si vuelve a aparecer, es un brote contagioso, el objeto deberá
ser consumido por el fuego.
58 Pero si la mancha desaparece de la ropa –de la trama o de la
urdimbre– o del objeto de cuero que ha sido lavado, se lo volverá a
lavar, y entonces será puro.
59 Estas son las instrucciones relativas a la lepra de la ropa de
lana o de lino –en la urdimbre o la trama– o de cualquier objeto de
cuero, para declararlos puros o impuros.
Fuente: Catholic.net